domingo, 26 de junio de 2011

ILUSTRATIVA VISITA AL PATIO DEL DESOLLADERO

El viernes, día de San Juan, se lidió en Granada una corrida de Zalduendo por los espadas Aparicio, El Cordobés, y Cayetano, y su sorteo tuvo lugar ¡a las tres de la tarde! (En realidad faltaban algunos minutos para esa hora tan redonda).
¿Cuál fue la causa de esa “desconsideración hacia los profesionales que tenían que comer y descansar antes de jugarse la vida” a las 7’30 de la tarde? El entrecomillado no se debe a ninguna ironía, sino a la literalidad de la frase pronunciada por algún apoderado.
Según el punto 3 del artículo 35 del vigente Reglamento Taurino de Andalucía la empresa debía disponer de 8 toros aptos para la lidia, y a las doce de la mañana sólo tenía siete. Para resolver el problema presentaba dos candidatos, sobrantes de corridas anteriores: uno de Gavira y otro de San Martín, ambos en situaciones ilustrativas.
El de Gavira había sido desechado por los tres veterinarios de servicio del día anterior y repescado bajo la responsabilidad del presidente (ver entrada previa), por lo que los “taurinos” decían, con grandes aspavientos naturalmente, que estaba aprobado. Los tres veterinarios de servicio el jueves (distintos a los del día anterior) volvieron a desecharlo, y el presidente de ese día (distinto del anterior), aplicando el artículo 37.5 decidió respaldar a sus facultativos y, de camino, a los anteriores, es decir declaró al toro no apto.
El otro candidato, el de San Martín, no era del gusto de los apoderados (entre los que se encontraba Curro Vázquez) y también estaba rechazado por los veterinarios por indicios de manipulación por lo que le era de aplicación el artículo 39.1, es decir podía lidiarse si el ganadero asumía por escrito su responsabilidad (ver entrada previa). El problema es que en la documentación de este animal figuraba un ganadero, un criador y un propietario y la alta autoridad provincial en materia taurina no sabía muy bien quien tenía que firmar su responsabilidad: ¡que firmen los tres!. Comprendo perfectamente esta desorientación, pues todos creíamos que la Unión de Criadores de Toros de Lidia se había creado hace 100 años para acabar con los tratantes de ganado. ¡Existen, y llegan hasta las plazas de segunda!
Así transcurrió la mañana, con el tira de los apoderados para un lado, con el equipo gubernativo llamando a su Delegación Provincial de Gobierno y la buscando firmas y la empresa pasando: no le asustaba lo más mínimo la suspensión (o quizá la deseaba por la razón pudo verse por la tarde)
Como puede apreciarse estamos ante dos aplicaciones del artículo 37.5 de muy distinto signo.
El Colegio de Veterinarios, tan celoso en ser oído a la hora de designar a sus colegiados actuantes ¿también los respalda ante sus desautorizaciones en virtud del 37.5? ¿cómo?.
Las asociaciones de aficionados, y abonados, ¿llevan un registro de cómo aplica cada presidente el artículo 37.5?

Pagano

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