En 1964 Luís Fernández Salcedo, reflexionó sobre "la vida útil" de los novillos con la redacción del entonces artículo 121 del Reglamento Taurino. Hoy se define la edad en el artículo 25 del nacional y en el 3 del capítulo II del andaluz (que lo matiza) pero no cambia la situación que planteaba el autor. No he mirado otros reglamentos. (No estoy muy seguro de que sea necesario un Reglamento, salvo el de la costumbre, pero que haya varios me parece demencial).
CÉRET DE TOROS, 2025 (1). LAS GANADERÍAS
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A la ilusión de 3Puyazos le sigue la de Céret aunque en este caso nos hemos
quedado un poco con la miel en los labios. Al final les desvelaremos de qué
v...
Hace 5 horas
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